¿Qué es la Ley 29783?
La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Nº 29783 es el marco normativo peruano que obliga a todas las organizaciones a implementar un sistema de gestión para prevenir riesgos laborales. Su objetivo es promover una cultura de prevención, garantizando el deber de prevención de los empleadores y la participación activa de los trabajadores.
Beneficios del Sistema de Gestión SST
Implementar la Ley 29783 y la norma ISO 45001 genera valor para todos los interesados.
Para la Organización
Reduce accidentes, asegura conformidad legal ante SUNAFIL, mejora la imagen corporativa y facilita el acceso a nuevos clientes y licitaciones.
Para los Colaboradores
Ambiente de trabajo seguro y ordenado, capacitación especializada, participación activa y mayor sentido de pertenencia.
Para los Clientes
Garantía de cumplimiento legal del proveedor, confianza en la continuidad del servicio y reducción de riesgos en la cadena logística.
Fases de Implementación
Organización
Nombramiento del Comité o Supervisor SST y entrega del cronograma de trabajo.
Línea Base
Diagnóstico inicial para determinar el estado actual frente a las exigencias legales.
Capacitación
Ejecución de las 4 capacitaciones anuales obligatorias según el Art. 35 de la Ley.
Documentación
Elaboración de IPERC, Mapas de Riesgo, RISST, Planes de Contingencia y registros.
Puesta en Marcha
Implementación de procedimientos de trabajo seguro y recolección de evidencias.
Auditoría
Revisión final y auditoría interna para validar la eficacia del sistema.
Preguntas Frecuentes
¿Quiénes pueden integrar el Comité SST?
Cualquier trabajador del empleador, mayor de 18 años y, de preferencia, con capacitación previa en temas de seguridad laboral.
¿Cuántos miembros deben conformar el CSST?
Un mínimo de 4 y un máximo de 12 miembros, dependiendo del número total de trabajadores de la empresa.
¿Son obligatorias las 4 capacitaciones al año?
Sí, según el artículo 35 de la Ley 29783, el empleador debe garantizar al menos 4 capacitaciones anuales en SST.